PORTAL IMPULSADO POR LAS EMPRESAS RESPONSABLES:

- Advertisement -
Noticias7 preguntas frecuentes sobre el cambio de uso de suelo forestal

7 preguntas frecuentes sobre el cambio de uso de suelo forestal

Por Rosa Valeria Bustamante Olivares

¿Qué es la vegetación forestal y los terrenos forestales?

La vegetación forestal es el conjunto de plantas y hongos que crecen y se desarrollan en forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas y semiáridas, y otros ecosistemas, dando lugar al desarrollo y convivencia equilibrada de otros recursos y procesos naturales; entendiendo un terreno forestal como aquel que está cubierto por vegetación forestal.

¿Cuándo será necesario obtener una autorización de Cambio de Uso de Suelo Forestal?

Cuando se realiza la remoción total o parcial de la vegetación de terrenos forestales, con la finalidad de utilizar estos terrenos para actividades no forestales, se requerirá tramitar ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la autorización de Cambio de Uso de Suelo Forestal, la cual puede ser solicitada de manera conjunta con la Autorización de Impacto Ambiental.

¿Cuál es el objeto de la autorización para el Cambio de Uso de Suelo Forestal?

La autorización para el cambio de uso de suelo de terrenos forestales tiene por objeto regular y fomentar la conservación y protección de los ecosistemas forestales.

¿Quién es la autoridad competente para resolver sobre el Cambio de Uso de Suelo Forestal y cuál es la legislación aplicable a la materia?

La autoridad competente para resolver la autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales es la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) a través de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.

La legislación aplicable al Cambio de Uso de Suelo Forestal es la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento.

¿En qué casos será otorgada la autorización para el Cambio de Uso de Suelo Forestal?

La SEMARNAT sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo.

¿Para obtener la autorización de Cambio de Uso de Suelo Forestal se requiere ser propietario del sitio en donde se llevará a cabo la remoción de la vegetación forestal?

No necesariamente, se deberá presentar ante la autoridad competente el título de propiedad debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad que corresponde o en su caso el documento que acredite la posesión o el derecho para realizar las actividades de cambio de uso de suelo de un terreno forestal

¿Existe alguna contraprestación por la emisión de la autorización de Cambio de Uso de Suelo Forestal?

Si, como contraprestación al Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional Forestal por la emisión de la autorización para el cambio de uso de suelo de terrenos forestales se pagará una compensación ambiental para actividades de reforestación y restauración.


Rosa Valeria Bustamante Olivares

Rosa Valeria Bustamante Olivares es egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Actualmente se desempeña como abogada del despacho Pontones & Ledesma, S.C., firma dedicada única y exclusivamente a la práctica del Derecho Ambiental.

8 COMENTARIOS

  1. Existe una confusión en las 2 últimas respuestas. El pago al Fondo Forestal no exime la ejecución de las medidas de mitigación requeridas en el capítulo 8 del estudio técnico justificativo. Además deberà más deberá demostrar la poseción del o los predios a intervenir. Sean estos propiedad privada o terrenos ejidales. Para comentarios refiera a mi correo electrónico. He trabajado en evaluación de estudios técnicos justificativos. Saludos.

  2. Estimado Graciano:

    Gracias por tus comentarios.

    Por lo que hace a la pregunta No. 6, como lo comentas, deberá demostrarse la posesión del inmueble donde se va a intervenir como se estableció en la respuesta; no así necesariamente la propiedad, ya que no necesariamente un poseedor de un inmueble es el propietario del mismo.

    Por otro lado, por lo que hace a la compensación que se realiza al Fondo Forestal Mexicano, como se estableció, ésta se realiza como contraprestación por la emisión de la autorización de cambio de uso de suelo, efectivamente dicha contraprestación es independiente de las medidas de mitigación que se establezcan en el Estudio Técnico Justificativo y en la autorización correspondientes para el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto.

  3. Lic. Bustamante Olivares, solicito una consulta con usted, por favor agradeceré me contacte via e-mail para darle más detalles y por favor cotizarme sus honorarios.

  4. Sí voy a sembrar 30 hectáreas de árboles de hule, tengo que obtener el cambio de uso de suelo? Digo cómo tengo que desombrar y tirar los palos que me estorban no quiero tener problemas. Usted que opina.

  5. Con respecto a la pregunta 1
    dice:
    …La vegetación forestal es el conjunto de plantas y hongos que crecen y se desarrollan en forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas y semiáridas, y otros ecosistemas…

    Se habla de terrenos forestales… ¿cuales son los terrenos NO forestales?
    Entendería que serian :
    – Están los suelos urbanos, parques y jardines urbanos y suburbanos.
    – Las tierras agrícolas de riego y de temporal
    – Las zonas de pastizales. para uso pecuario.

    Pero cuando existen tierras con matorral (alterado) en condiciones climáticas semiárdas y desérticas. y es utilizada como agostadero de ganado vacuno y caprino.

    ¿Esta ultima circunstancia.. .es considerada suelo forestal?

    al leer la ley y el reglamento, no es claro.

    Me pudieran ayudar a entender este detalle.

    Gracias

  6. BUENAS TARDES QUIE ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA HACER UN CAMBIO DE USO DE SUELO DE AGRICOLA A HABITACIONAL?? SI ES AGRICOLA PUEDO CONSTRUIR AUN ASI??

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

PLATIQUEMOS EN REDES SOCIALES

Lo más reciente

DEBES LEER

TE PUEDE INTERESAR