El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad discrimina a parejas de lesbianas, mujeres mayores de 38 años, varones de más de 50 años y mujeres sin pareja. Con estas discriminaciones a una parte de la ciudadanía –que costea con sus impuestos la Sanidad Pública- el Gobierno pretende ahorrar alrededor de 50 millones al año.
Es la primera vez que, ante un derecho que debía ser universal, se discrimina a sectores de la población anteponiendo el ahorro económico que dicha discriminación supondría para el Estado. Literalmente, en el proyecto de orden afirma que: “Estos tratamientos quedarán reservados solo para parejas heterosexuales, siempre que haya problemas de fertilidad y que la mujer no haya cumplido 40 años (38 en el caso de la inseminación artificial con semen de la pareja) o su pareja hombre 50”.
La Secretaría Confederal de la Mujer e Igualdad de CCOO exige al gobierno que no restrinja las prestaciones de la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud respecto a la reproducción asistida y que incluya la diversidad de realidades que viven las mujeres del Estado español en la actualidad. De no ser así estaría incurriendo en discriminación por estado civil, orientación sexual y discriminación por edad, una situación, a todas luces, anticonstitucional (Artículo 14 de la Constitución Española: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”).
La Secretaría Confederal de la Mujer e Igualdad de CCOO apoyará a la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) en las alegaciones que tiene previsto presentar contra este proyecto ante el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, al entender que discriminaría la diversidad familiar.
Ya en el año 2011, la Secretaría Confederal de la Mujer de Comisiones Obreras llamó la atención ante la discriminación que estaban sufriendo parejas de lesbianas, a quienes se les negaba el acceso al servicio de reproducción asistida en la sanidad pública asturiana. Una discriminación basada en una interpretación errónea de la esterilidad, entendida como imposibilidad para concebir, pero sólo contemplada en parejas heterosexuales.