El mundo digital se ha transformado en la puerta de acceso al conocimiento universal. Allí podemos encontrar a un par de clics de distancia casi todo lo que buscamos como nunca antes ha ocurrido en la historia de la humanidad. Todo esto gracias a la evolución de la tecnología, inversión de las compañías y la colaboración de la comunidad internacional.
Internet se ha transformado nuestra cultura y ha revolucionado el acceso a la información en todos sus aspectos. Y casi sin darse cuenta, es el mayor ejemplo del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye la libertad de sostener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas a través de cualquier medio y sin consideración de fronteras”.
Aunque se supone que los límites a estas búsquedas deberían estar marcados por la difamación, imágenes o contenido relacionado con el abuso infantil, información que contenga malware, material que reivindique el nazismo o cualquier otro delito de segregación racial, cultural o social. Información como el resto, está a tan solo un par de clics de distancia.
Pero justamente por este avance natural de la tecnología, el Hombre busca retroceder siglos de desarrollo y difusión del conocimiento con el Derecho al Olvido, que está relacionado con el Habeas Data y la protección de datos personales. Con el cual cualquier individuo puede solicitar ser excluido de los resultados de una búsqueda en Internet si la información que figura en la web es “insuficiente, irrelevante o ya no es relevante, o excesiva”.
Las personas que vivimos en América Latina sabemos que Internet forma parte de la base de nuestra memoria, que incluye desde los grandes logros (científicos, deportivos, etc.), hasta denuncias por casos de corrupción o de terrorismo de Estado. Sin embargo, con esta figura se ha abierto la puerta a que toda esta memoria sea eliminada de los resultados.
Vale aclarar que el Derecho al Olvida significa que el contenido seguirá estando online, pero ya no aparecerá indexado por los resultados de los buscadores, lo que es casi lo mismo a desaparecer de la red. Por ejemplo, si se solicita el Derecho al Olvido con Google, buscado dominante por un amplio margen sobre sus competidores, la información dejaría de aparecer en los resultados de búsqueda del gigante, sin embargo, esto no afecta a otros buscadores como Yahoo o Bing, entre otros.
Lo que han hecho las diferentes cortes alrededor del mundo con esta figura es darle una segunda oportunidad a políticos y empresas corruptas y delincuentes, entre otros tipos de personas. Un ejemplo práctico: invocando al Derecho al Olvido, recientemente un tribunal japonés le ordenó a Google borrar de su motor de búsqueda los antecedentes penales de un hombre que tuvo una condena por prostitución infantil e infracciones de carácter pornográfico. Entonces, ¿es esto progresar como sociedad o aplicar la privacidad digital a favor de un criminal?
En Europa, la Unión Europea ya ha trabajado este tema con su legislación. Sin embargo, la valoración que aplica la Corte Europea es sumamente vaga, confusa y extremadamente supina. Inclusive que los motores de búsqueda no pueden apelar a una “excepción periodística”, como sería en el caso de un dictador corrupto.
Por ejemplo, esto primó el derecho de ex políticos para que puedan retirar críticas a sus políticas en el cargo; que delincuentes peligrosos puedan bloquear los artículos que hablan sobre sobre sus crímenes sean encontrados o que la valoración escrita de profesionales destacados sea desconocida y tapada.
A nivel local, cualquier ciudadano puede solicitar “el derecho a la cancelación, oposición o corrección de datos personales en cualquier medio, ya sea impreso o digital”, esto es según la Ley Federal De Protección de Datos Personales en Posición de los Particulares. Es decir, existe la figura pero está pendiente la legislación específica, ya que aún existen huecos en la jurisdicción, como por ejemplo, cómo afecta a los servidores donde está la información.
En enero del año pasado, el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) de México, y ahora Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), falló a favor de un particular en una causa contra Google México, resolución que la empresa apeló con diferentes recursos de amparo ante el Poder Judicial para revertir esta solución.
El punto importante en este tema es que, de una forma u otra, la nueva legislación atenta contra la transparencia y la libertad de expresión. El Derecho al Olvido, nunca se podrá informar la razón específica acerca una causa por qué han eliminado cierta información, ya que podría violar los “derechos de privacidad” de un individuo en virtud de la decisión de un tribunal. Por lo tanto, esta norma esconde, tras el derecho a la privacidad, herramientas peligrosas que pueden atentar contra la sociedad en su conjunto y alentar la impunidad.
Fuente: Forbes