Salir del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) para tomar un taxi es realmente un caos. Por un lado está la gente que aglomerada esperando a que pase su familiar por él, y por el otro están los taxis especiales que son los únicos permitidos dentro del lugar. ¿Pero esta práctica es legal?
No. No lo es. Es por eso que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sancionó a varias empresas de taxis por incurrir en prácticas monopólicas tarifarías con origen y destino al AICM.
La Comisión dijo, a través de un comunicado, que los taxistas firmaron en abril de 2011 un acuerdo en el que decidieron contratar a Santaló Estudios y Proyectos (SEPSA) para que elaborar un estudio tarifario, con el objetivo de determinar los precios que en el futuro debían registrar y cobrar por el servicio de taxi para la mejora de sus ingresos.
También expuso que los sitios dieron información estratégica que las empresas no comparten normalmente, como son sus costos de operación, tarifas, ganancias, número de unidades y estadísticas de ventas, entre otras.
Las empresas sancionadas son: las agrupaciones de taxistas Confort y Servicios en Transportación Terrestre (Confort), Porto Taxi Terrestre Ejecutivo (Porto Taxi), Taxistas Agremiados para el Servicio de Transportación Terrestre Sitio 300 (Sitio 300), Yellow Cab del Nuevo AICM —antes Sitio 300 Yellow Cab— (Yellow Cab), Transportación Terrestre Nueva Imagen (Nueva Imagen), así como 4 personas físicas.
“La Comisión acreditó que los agentes económicos sancionados realizaron un acuerdo con el objeto y efecto de fijar, elevar, concertar o manipular el precio al que era ofrecido el servicio de taxi, conducta que actualiza el supuesto previsto en la fracción I del artículo 9 de la anterior Ley Federal de Competencia Económica”.
Además, se estima que al menos 12 millones de personas que acudieron a estos sitios de taxi, fueron afectadas y que el daño al mercado calculado en función del sobreprecio que pagaron los usuarios entre agosto 2011 y diciembre 2015, fue de 771 millones 713 mil pesos.
En ese sentido, la Comisión impuso multas que suman 23 millones 627 mil pesos, que son los montos máximos que permite la legislación en función de la capacidad económica de cada uno de los sancionados.
También se ordenó informar a cada una de las autoridades del AICM sobre este asunto para los efectos legales que haya en el lugar, toda vez que el contrato que el Aeropuerto tiene celebrado con cada una de estas empresas, donde establece como casual de rescisión, la realización de prácticas monopólicas absolutas.
En dado caso de que el Aeropuerto tuviera que licitar la adjudicación de nuevos contratos, de acuerdo con Alto Nivel, antes se tendría que pedir una opinión a la Cofece sobre el proceso.
De acuerdo con el comunicado, el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares establece que los transportistas pueden determinar y modificar sus tarifas, sin necesidad de la aprobación de la Secretaría de Transportes (SCT).
En principio, dada esta libertad tarifaria, la participación de diversos agentes económicos en el mercado generaría condiciones de competencia que presionarían a la baja los precios del servicio.
También se recordó que para promover la competencia, en noviembre del año pasado, la Comisión recomendó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes modificar las reglas de operación del servicio de transporte de taxis, para transitar del actual modelo de acceso exclusivo a uno más abierto en el que se permita la entrada de todo automóvil registrado y aprobado por la localidad para recoger y transportar pasajeros desde y hacia las terminales aéreas, como ocurre en Boston, Miami, Houston, San Francisco, Zúrich, París, entre otros.