El Senado aprobó una reforma que prohíbe los productos cosméticos, los cuales se anuncian -sobre todo en televisión-, que se atribuyen acciones propias de los medicamentos y prometen una curación milagro.
Las reformas a la Ley General de Salud, aprobadas por unanimidad, clasifican como productos cosméticos y de aseo a los productos de perfumería y belleza. Esto con la finalidad de ajustar esta legislación a los estándares internacionales y fortalecer la actividad exportadora de México.
Se define claramente los productos considerados cosméticos, lo que pretende dar certeza jurídica sobre éstos y establecer criterios para evaluarlos y garantizar su seguridad tomando en cuenta su formulación, finalidad de uso, áreas del cuerpo a las que son destinados y los cuidados a ser observados en su utilización.
Con la reforma del artículo 270 de la Ley se hacen modificaciones relativas a las propiedades atribuibles a los productos cosméticos y a los estudios de seguridad y eficacia, sustituyendo el concepto “producto de perfumería y belleza” por el concepto de “producto cosmético”.
Se ordena en la elaboración de productos cosméticos que se podrán utilizar de manera inmediata aquellas sustancias que hayan sido evaluadas y aprobadas por la Secretaría de Salud (Ssa).
“No podrán atribuirse a los productos cosméticos acciones propias de los medicamentos, tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o combatir la obesidad, ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o publicidad”, establece la reforma que fue turnada a la Presidencia para su promulgación y posterior entrada en vigor.
Se especifica que los fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos deberán contar con los estudios de seguridad, eficacia y todos los demás que se establezcan en diversos ordenamientos y normas aplicables que le requiera la Ssa.
Se consideran productos cosméticos las sustancias o formulaciones destinadas a ser puestas en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano: epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos, o con los dientes y mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, ayudar a modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado, corregir los olores corporales, atenuar, prevenir deficiencias o alteraciones en el funcionamiento de la piel sana. Entre los productos que se atribuyen funciones curativas rápidas y sin esfuerzos, se encuentran los jabones Asepxia que prometen acabar con el acné, la pomada Siluet 40 que prometer terminar con la obesidad y la crema Cicatriquiur que dice borrar las cicatrices, arrugas y estrías. También las cremas Goicochea que dice terminar con las varices, y X-Ray y Bengue que se atribuye la curación de sanar dolores musculares. También el shampoo Cre-C Max que se dice detener definitivamente la caída del cabello.
Fuente: El Economista, Política y Sociedad, p. 56.
Reportero: Jorge Monroy.
Publicada: 30 de marzo de 2011.