Éxito es la palabra que mejor define lo que recientemente acaba de suceder en el ámbito de la justicia y la competencia.
El Poder Judicial acababa de fallar a favor de la Comisión Federal de Competencia (CFC), que preside Eduardo Pérez Motta, sobre la multa que impuso contra los laboratorios Cryopharma y Probiomed, ambos en definitiva luego que pidieron el amparo, quedan pendientes la sanción contra Eli Lilly y Compañía-México y ; en todos los casos la CFC determinó la multa con el monto máximo y fue por casi 22 millones de pesos a cada uno de estos laboratorios, el motivo: coludirse para vender medicamentos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a precios “exagerados en detrimento de los derechohabientes”.
La historia se remonta al 23 de febrero del 2010, día en que la CFC hace pública la sanción en contra de las farmacéuticas por haber “conspirado durante los años 2003 a 2006 para eliminar la competencia en las licitaciones de insulina humana…”.
De acuerdo con expertos en competencia, se trata de un caso muy interesante porque los laboratorios acordaban evitar competir y repartirse las licitaciones de insulina y sueros inyectables del IMSS. Se observaba un patrón inconsistente con acciones unilaterales sin colusión (acuerdo entre competidores): la empresa ganadora incrementaba el precio en licitaciones posteriores para dar paso a otro ganador (que, a su vez, ofrecía una cotización similar a la ofrecida por el ganador de la licitación anterior), lo cual sólo es explicable si hay colusión entre competidores para asegurar una secuencia preestablecida de posturas ganadoras y perdedoras, en perjuicio del IMSS y de sus derechohabientes.
No había pruebas directas del acuerdo entre competidores, sólo pruebas indirectas -aunque éstas, sí, muy claras- tales como el patrón de alternancia entre laboratorios, constancias de llamadas telefónicas, reuniones en Canifarma, etcétera. Es decir, según expertos, lo que la CFC tenía eran pruebas circunstanciales… Eso sí, muy sólidas.
Así, éste es el primer caso realmente importante que la CFC resuelve, basada principalmente en pruebas circunstanciales económicas; el Poder Judicial, con sentencias que niegan el amparo, confirma que la CFC puede utilizar estas pruebas si son sólidas (como en este caso), lo que por sí mismo es histórico, ya que es prácticamente imposible conseguir pruebas directas de casos de acuerdos entre competidores, dado que desaparecen las evidencias de sus conductas. Es un caso verdaderamente relevante.
Desde luego que quedan pendientes dos casos, pero todo apunta que también la justicia fallará en favor de la CFC, y por lo tanto del IMSS y de todos sus derechohabientes.
Fuente: Eleconomista.com.mx
Por: Pedro Suárez Aguilar
Publicada: 8 de enero de 2012