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Inquietud en el sector empresarial por reglamentación a publicidad engañosa

Recientemente la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) y el Consejo Mexicano de Productos de Consumo (ConMéxico), que agrupa 42 empresas (Coca-Cola, Pepsico, Bimbo, Jumex, Gamesa, Del Valle, Lala, Danone y Barcardi, entre otras) manifestaron su rechazo a los nuevos lineamientos sobre publicidad engañosa elaborados por el Consejo Consultivo de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). Voceros de estas organizaciones dijeron que estos lineamientos se utilizarán únicamente para introducir medidas precautorias y sanciones superiores a las establecidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y su reglamento.

Los lineamientos que desde el pasado 5 de marzo están bajo consulta pública de la Comisión de Mejora Regulatoria (Cofemer), establecen los criterios y directrices que debe seguir la Profeco al analizar y verificar la información o publicidad para prevenir la vida, salud, seguridad y economía de los consumidores. La previsión apunta a desterrar prácticas de engaño, especialmente al público infantil.

Al respecto, el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), quien reconoce el compromiso y las acciones emprendidas por la Profeco, para promover una publicidad responsable y proteger los intereses del consumidor, también ha expresado su desacuerdo con varios de los lineamientos en virtud de que en general su objetivo y aplicación no guardan congruencia ni clara distinción a los objetivos, disposiciones y aplicación del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad, recientemente reformado por la Secretaría de Salud a través del decreto expedido por el titular del Ejecutivo federal el pasado 19 de enero de 2012.

“La definición de los conceptos vertidos en los lineamientos puede causar equívocos y discrecionalidad al momento de su interpretación, ya que la redacción es confusa. Además, el texto suele referirse a la publicidad de bienes, productos o servicios que se origina más allá de nuestras fronteras y que, de aplicarse, puede contravenir los tratados internacionales en materia de comercio, suscritos por México, además de inhibir la inversión extranjera, la generación de empleos, y la competencia en beneficio del consumidor”, dice el presidente del Consejo Directivo del Conar, José Luis Barros Horcasitas.

Barros Horcasitas hace hincapié en uno de los nuevos lineamientos que a la letra dice: “La Procuraduría vigilará que la publicidad que se difunda sea veraz y comprobable de conformidad con el artículo 32 de la Ley, para lo cual deberá cumplir con lo siguiente: No deberá aplicar atribuciones o cualidades de los bienes, productos o servicios ofrecidos que no correspondan a su función o uso; no utilice mensajes que sugieran que la adquisición del producto hace tener características o cualidades superiores de aquel que no lo compra; no induzca a creer que el producto cuenta con ingredientes, composición, origen, efectos, beneficios, o propiedades de los cuales carezca…”

“La redacción de los lineamientos al recurrir a fórmulas negativas hace que la lectura e interpretación se presten a confusiones. Padece también de una omisión importante al no incluir un ‘glosario o definiciones’ de conceptos como ‘veraz y comprobable’. Asimismo, la vaguedad en la definición de algunos otros conceptos que son fundamentales, tales como: ‘beneficios’, ‘verdad’, ‘veracidad’, ‘comprobación’, ‘garantía’, ‘población vulnerable’, entre otros, cobraría importancia y sería más fácil su aplicación si hubiese una definición clara y precisa de ellos”, asegura Barros Horcasitas.

No obstante los errores que se han detectado en estos nuevos lineamientos, el Conar confía en que tanto la Cofemer como la Profeco mantendrán la disposición a escuchar las opiniones y atender las preocupaciones de los organismos sociales y de las empresas individuales a fin de alcanzar un marco normativo consensado, claro, justo y de sencilla observancia.

Fuente: Exclsior.com.mx
Por: Armando Villaseñor.
Publicada: 2 de abril de 2012.

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