Nissan Mexicana informó que el 18 de mayo, el juzgado de lo Civil en el Distrito Federal dictó sentencia que absuelve a la compañía de «todas y cada una de las prestaciones reclamadas» por su ex agencia publicitaria Clemente Cámara y Asociados (CCA).
El juez de lo civil determinó que CCA no probó los elementos de la demanda presentada contra Nissan, y por lo tanto, condenó a la agencia al pago de los gastos generados por el proceso.
Clemente Cámara demandó a Nissan ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) por usar la frase «A ti qué te mueve» para promocionar a la marca sin pagarle a la agencia.
El IMPI sancionó a Nissan con 3.5 millones de pesos por el uso de la frase, pero CCA argumentó que la multa administrativa prevista en la Ley de Propiedad Industrial ascendía a 40 por ciento de las ventas de la empresa durante el periodo en que utilizó la frase.
En total, la agencia pretendía que Nissan le pagara 2 mil 600 millones de dólares.
Nissan impugnó ante el Tribunal Fiscal y Administrativo en materia federal la improcedencia de la resolución del IMPI sobre el uso de la frase e interpuso una queja ante la Secretaría de la Función Pública por irregularidades en el procedimiento.
Roberto Gutiérrez, vicepresidente de Grupo Clemente Cámara y Asociados, aseguró que esta afirmación de Nissan no es precisa, y que además tratar de confundir, ya que mezcla dos procesos distintos.
«Están ‘mañosamente’ revolviendo 2 juicios, el mercantil que Nissan ha comentado estima en 30 millones de dólares y está en proceso, y el de piratería, cuya multa puede llegar a 2 mil millones de dólares y donde el IMPI ya los infraccionó por uso ilegal (piratería)», explicó Gutiérrez.
El juicio mercantil está en proceso, agregó, y la sentencia que menciona Nissan ya se las revirtió una vez la Sala en Segunda Instancia.
Fuente: Reforma, Negocios, p. 2.
Por: Sara Cantera.
Publicada: 24 de mayo de 2011.