Los legisladores aprobaron reformas para que la publicidad de esos productos incluya de forma visual y/o auditiva, la leyenda «no es un medicamento»
El Senado aprobó una reforma a la Ley General de Salud que regula y acota la publicidad de los llamados «productos milagro» y establece multas de hasta 16 mil salarios mínimos a la falta de restricciones y advertencias establecidas.
Durante la sesión ordinaria, los legisladores aprobaron con 78 votos a favor la reforma a los Artículos 420, 421 y 421 Bis de la Ley General de Salud, donde se expone que los «productos milagro» se promocionan engañosamente en medios masivos.
Por ello, destaca la reforma, la publicidad de esos productos deberá incluir permanentemente de forma visual y o auditiva, según el medio del que se trate, la leyenda «no es un medicamento», además de los mensajes de advertencia que señale la Secretaría de Salud (SSA).
En el caso de remedios herbolarios y suplementos alimenticios queda prohibida cualquier clase de publicidad que se ostente como solución definitiva para la prevención, tratamiento, rehabilitación o curación de una o varias enfermedades.
Asimismo, la publicidad de productos que exageren las características o propiedades que les atribuya un carácter extraordinario, o bien se pretenda sustituir la consulta, la intervención de profesionales o la utilidad de los medicamentos o productos sanitarios autorizados por la SSA.
Entre otras restricciones aprobadas y turnadas a la Cámara de Diputados para su análisis, se sancionará con multas que van de seis mil a 16 mil salarios mínimos a quienes sugieran que su uso o consumo estimula o potencia el rendimiento físico, intelectual o sexual de los individuos.
Además, cuando no se acrediten estas características con la totalidad de las pruebas técnicas o científicas expresamente reconocidas por la autoridad correspondiente.
Fuente: Alto Nivel