* Hace eco de las recomendaciones de los industriales.
* Pide a la dependencia aplicar gradualmente reglamento sobre comida chatarra.
* Dice que debe considerar las afectaciones que causará el proyecto.
Pese a asegurar que coincide con los objetivos generales de los lineamientos para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los planteles de educación básica, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) hizo eco, en el dictamen preliminar presentado ayer, de muchas de las recomendaciones hechas por los industriales.
De esta manera, tras la consulta pública y la evaluación hecha al proyecto presentado por las autoridades, la Cofemer le pide a la Secretaría de Educación Pública (SEP) considerar la aplicación gradual de la medida, y determinar con toda precisión los costos y beneficios que significará la propuesta regulatoria, toda vez que los 30 millones de pesos que costaría la medida difieren de los daños que calculó la industria.
Asimismo, le solicita que proporcione elementos técnicos, científicos y económicos que justifiquen la decisión de no incluir bebidas azucaradas y con edulcorantes, en especial cuando la propia Secretaría de Salud los tiene autorizados para su consumo.
El dictamen subraya que el anteproyecto generará «beneficios sociales netos significativos», aunque éstos deberán acompañarse de medidas complementarias para asegurar su efectividad.
La instancia aseguró que «se considera que las acciones del gobierno se justifican para dar atención a la problemática planteada»; sin embargo, le piden tomar en consideración las afectaciones a la industria y la petición de que se aplique paulatinamente la medida.
En la evaluación que hizo la Cofemer, Alfonso Carballo, titular de dicha Comisión, aseguró que la SEP deberá «aportar los elementos y justificaciones por los que considera necesarios que la regulación propuesta se implemente desde el próximo ciclo escolar».
Además de que debe considerarse la «gradualidad» en que debe ponerse en marcha, atendiendo a los planteamientos hechos por el sector privado.
Le pide también no utilizar los términos de alimentos y bebidas sanas, saludables, no saludables, entre otros más, «ya que ninguno es malo, sino que su daño va en relación con los hábitos de consumo».
En este sentido, sugiere eliminar el término de alimentos no permitidos y bebidas no permitidas -o condiciones negativas o positivas-, y ponderar características técnicas y nutrimentales de alimentos.
Además de que plantea sustentar más técnicamente la decisión de no incluir alimentos con azúcar, bebidas alimenticias como la leche o el yogurt, así como edulcorantes que se han usado como sustitutos del azúcar.
Inconsistencias
De acuerdo con el dictamen, la SEP debe aclarar toda una serie de inconsistencias y proporcionar datos faltantes, como es el caso del anexo único a que hace mención en el anteproyecto (donde especifica los productos a detalle que no se permitirían para su venta).
La Cofemer solicitó brindar «justificación técnica, científica y económica», por las que se considera necesario establecer un contenido máximo de azúcar permisible en las bebidas, «manteniendo la finalidad de tener una alimentación balanceada en los alumnos».
Además añade que, en caso de que esto sea viable, la SEP ponga un plazo transitorio a fin de que las bebidas den cumplimiento al mismo, tal y como sucede con algunos alimentos.
Sobre este tema se precisa que algunos comentarios de particulares señalan que los refrescos constituyen la única alternativa de hidratación en algunas regiones, por lo que consideran necesario tener opciones al respecto, como el poner bebederos.
En el documento se recomienda buscar menores costos para los particulares, mediante el establecimiento de un nivel o rango máximo de azúcar en alimentos o bebidas que se expanden.
En cuanto al criterio nutrimental de 450 kcal/100 gramos o volumen mínimo de taza por porción de 140 kcal o menos, la Cofemer considera que puede generar confusión, de manera que le solicitan corroborar que los dos criterios sean consistentes entre sí.
En lo referente al término de «densidad energética», la Cofemer considera que puede resultar incongruente con algunos criterios internacionales de la Organización Mundial de la Salud, por lo que sugieren utilizar únicamente el criterio de «contenido energético».
Fuente: El Financiero; Sociedad, p. 34
Autor: Rosalía Servín Magaña / Ivette Saldaña