La resolución de conflictos laborales en México tendrá una nueva instancia, esto tras la promulgación de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación.
El gobierno federal promulgó hace unos días en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, con la que comienza el tiempo para la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje y la puesta en marcha de la primera de las figuras del nuevo modelo de justicia del trabajo.
Ahora, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) será el primer lugar al que deberán acudir los trabajadores y patrones para realizar el procedimiento de conciliación.
Cabe mencionar que para la creación del nuevo organismo la Cámara de Diputados asignó un presupuesto de 197.2 millones de pesos.
Sus instalaciones serán donadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la sede del CFCRL estará en la Ciudad de México, en la Carretera Picacho al Ajusco No. 714 de la alcaldía Tlalpan.
Se trata de un nuevo modelo de justicia laboral para resolver más casos para evitar la saturación de los tribunales laborales.
De acuerdo con Factor de Capital Humano, la conciliación deberá efectuarse en un lapso no mayor a 45 días. Iniciará con la solicitud ante el CFCRL, el cual asesorará gratuitamente al trabajador sobre sus derechos y los plazos de prescripción de éstos, así como el procedimiento a seguir. Después se va a fijar una fecha para la Audiencia de Conciliación, misma que se realizará en los siguientes 15 días después de la presentación de la solicitud.
El CFCRL será la instancia que se encargará de expedir la constancia de representatividad, documento indispensable para renovar secretarías generales de sindicatos y demandar la titularidad de un contrato colectivo.
Según la información, también se le dará seguimiento a la legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo (CCT), un procedimiento establecido en la reforma laboral del 1 de mayo de 2019 que inició la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para acabar con los contratos de protección y garantizar que los trabajadores conozcan las condiciones bajo las que están contratados.
La creación de la Ley Orgánica del CFCRL es el primer pilar para la creación de este organismo.
“El nombramiento deberá recaer en una persona que tenga capacidad y experiencia en las materias de la competencia del organismo descentralizado; que no haya ocupado un cargo en algún partido político, ni haya sido candidato a ocupar un cargo público de elección popular en los tres años anteriores a la designación; y que goce de buena reputación y no haya sido condenado por delito doloso”, establece la Constitución.
La Junta de Gobierno será el otro órgano que regirá al CFCRL, estará integrada por los titulares o suplentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Instituto Nacional de Estadística y Geografía e Instituto Nacional Electoral.
“Establecer en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Centro, relativas a la prestación de los servicios públicos que le corresponden en los términos de la presente Ley, sobre productividad, finanzas, investigación, desarrollo tecnológico y administración general”, son parte de las atribuciones de la Junta de Gobierno del centro descritas en la Ley Orgánica.