Los litigios iniciados por consumidores que sienten afectado su patrimonio por un mal producto o servicio, o que salen en defensa del medio ambiente, van en aumento y tienen preocupadas a las empresas. Gobiernos e instituciones públicas tampoco están a salvo.
Imagine que los camiones de pasajeros en su ciudad lucen limpios, están equipados con aire acondicionado, tienen asientos y asideras para discapacitados y los choferes no hablan por celular mientras manejan y mucho menos escuchan música a todo volumen, y tampoco manejan a alta velocidad.
Por difícil que parezca, el transporte público en Mazatlán es algo muy cercano a eso. La asociación civil de nombre Acciones Colectivas promovió una demanda el año pasado para que los operadores del transporte público de esa ciudad costera cumplan con esas condiciones, y ya obtuvo fallos favorables en dos instancias, aunque el juicio aún está abierto.
Los litigios iniciados por ciudadanos que se consideran afectados por productos y servicios o que piensan que hay un daño al medio ambiente se multiplican en el país y tienen preocupadas a compañías de todos los tamaños, e incluso a instituciones y empresas públicas.
Después de que en 2012 se reformó el artículo 17 de la Constitución y se incluyó un nuevo apartado sobre acciones colectivas en el Código Federal de Procedimientos Civiles, este recurso legal es una herramienta poderosa que tienen los consumidores para ir a los tribunales a demandar reparación por daños causados por un mal producto o servicio, por la falta de competencia en el mercado o bien por afectaciones a bienes de interés público, como el medio ambiente.
El nuevo marco legal permite que un grupo organizado que reclame el mismo hecho, de 30 personas o más, pueden pedir el resarcimiento.
Lo que más preocupa a las empresas es qué decidirán los jueces sobre el número de afectados a compensar, pues eso define el monto de la sanción. Hasta ahora, todavía no hay una sola sentencia definitiva que indique cómo van a determinar los jueces quiénes merecen reparación de daños y quiénes no, y eso alimenta el temor en las empresas de que se dicten sanciones multimillonarias, explica Alfonso Orvañanos, socio del despacho Cuétara y Bolaños, que representa a varias compañías en este tipo de asuntos.
Antes del cambio legal, llevar un juicio de manera individual en contra de una gran empresa, como son las telefónicas (segundo lugar en quejas de los consumidores, sólo detrás de la estatal Comisión Federal de Electricidad, CFE), era un acto casi de heroísmo, pues se tenían que asumir costos superiores al servicio o bien a reparar. A un consumidor le podía costar entre 4,000 y 8,000 pesos lograr la compensación por cobros indebidos o excesivos, indica el estudio “Acciones Colectivas en México: la construcción del marco jurídico”, elaborado por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados.
Las acciones colectivas son un gran paso para la tutela de los derechos colectivos, si se toma en cuenta que el derecho moderno está construido de forma individualista, al no haber considerado los llamados intereses difusos, como el medio ambiente, dice José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Alerta máxima
Las empresas tienen toda su atención en el primer caso que tenga sentencia definitiva en la Suprema Corte de Justicia, pues será el precedente en cuanto al monto de las sanciones. El desembolso financiero puede ser cuantioso en la medida en que más afectados se sumen a la acción colectiva en los cuatro años de plazo que hay para adherirse a la demanda y beneficiarse con el fallo del juez.
Un viejo caso ocurrido en Estados Unidos ilustra lo que las empresas quieren evitar en México. Entre 1982 y 1992, las cafeteras de McDonald’s quemaron a más de 700 personas; una de las afectadas, Stella Liebeck, se quejó ante un tribunal, luego de que la bebida caliente que adquirió en un local de la cadena se derramara en sus piernas y le provocara quemaduras de tercer grado. Un jurado en Albuquerque, Nuevo México, determinó daños punitivos por más de 2 millones de dólares (mdd).
“(Las acciones colectivas) pueden convertirse en un abuso, mediante sanciones desproporcionadas, incluso en un instrumento político”, afirma Orvañanos.
Ante ello, los puntos que defienden las empresas es que los jueces dicten reparación sólo para los consumidores que tienen interés en el caso, que la responsabilidad de la empresa esté debidamente acreditada y que la condena sea acorde con el derecho afectado, explica Orvañanos.
Pero en opinión del ministro Cossío Díaz, es poco probable que ese escenario se presente en México, pues aquí no existe la figura de daño punitivo, donde se establece una sanción económica, a veces brutal, para disuadir a la empresa a no cometer la misma acción en contra de un ciudadano. Sin embargo, no descarta algún caso aislado en el que algún juez pudiera determinar una sanción fuera de serie.
Del lado de los demandantes, también hay abogados muy activos. Antes de las acciones colectivas, existía una acción institucional de defensa de los derechos colectivos, pero la decisión de ejercerla dependía de una oficina de gobierno y, por supuesto, ésta actuaba bajo su propio impulso. En el nuevo esquema las instituciones ejercen sus propias facultades y no tienen el papel de representantes o mandatarias de los derechos colectivos, sino que éstos son ejercidos por los propios ciudadanos organizados, quienes pueden contratar a un abogado para que actúe en su nombre.
Los abogados que llevan demandas de acciones civiles no tienen permitido cobrar honorarios a los afectados, pero el Código de Procedimientos Civiles indica que una vez terminado el juicio tienen derecho a recibir hasta 20% de la sanción fijada a la empresa por el juez para reparación del daño.
Uno de los más activos es el despacho Rincón, Mayorga, Román, Illanes, Soto, con una decena de demandas de acción colectiva en curso. Una de ellas es contra el mal servicio de la telefónica de Carlos Slim, Telcel, la cual se ha defendido con todo, por lo que el juicio también está abierto, dice Virgilio Rincón, director general del despacho. Algunos casos ya llegaron a la Corte. Uno es en contra de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán (Jumapam), otro contra un club del golf, cuyo nombre no se ha hecho público, y otro más es contra la Alianza de Transportadores y Camioneros de Servicios Urbanos y Suburbanos de Mazatlán, la organización que opera el transporte urbano en la capital de Sinaloa. Los ministros que llevan el caso son Cossío y Olga Sánchez Cordero.
El caso transgénicos
El poder que dan las acciones colectivas alcanza para enfrentar no sólo a empresas poderosas y a dependencias del gobierno federal, sino a ambos cuando están del mismo lado.
En julio de 2013, 53 personas y 20 organizaciones promovieron un juicio en contra de que las secretarías de Agricultura (Sagarpa) y Medio Ambiente (Semarnat) den más permisos para la siembra masiva de maíz transgénico. El juicio tuvo respuesta favorable a los demandantes el 17 de septiembre del mismo año, por lo que a partir de ese momento el juez del caso emitió una medida precautoria que impide autorizar ese tipo de siembra en tanto no se resuelva el juicio.
La respuesta de multinacionales como Monsanto, Syngenta, PHI México y Dow AgroSciences y las propias dependencias federales fue interponer 72 apelaciones en 12 tribunales federales, en busca de reactivar los permisos.
El Poder Judicial no está familiarizado con lo que dice el Código Civil en materia de acciones colectivas ni con su aplicación, dice la estadounidense Monsanto en un comentario enviado a Forbes México por correo electrónico, sino que analiza el caso con base en disposiciones procesales que no aplican a estos casos, como son las medidas precautorias.
“Estamos peleando contra más de 70 abogados de las transnacionales”, dice René Sánchez Galindo, director de Colectivas AC, el despacho que representa en este tema a 20 organizaciones de la sociedad civil y a 53 personas a título individual, entre quienes hay científicos, investigadores y artistas.
Algunas acciones colectivas van contra gobiernos. Durante su mandato, el ex gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, decidió entregar más de 62,000 metros cuadrados de campos deportivos a la familia Miguel Bojalil. Los vecinos se inconformaron y presentaron varios recursos, pero no funcionaron y recurrieron entonces a una acción colectiva.
Los pobladores han empezado a ver los frutos. El juez Noveno de Distrito en el estado determinó que son los vecinos de las colonias donde están ubicados los terrenos, alumnos y autoridades educativas de las escuelas de la zona, quienes tienen el derecho de hacer uso de los campos deportivos, como ocurría antes de que fueran expropiados. El caso no está cerrado, pues el gobierno estatal aún impugna las resoluciones.
El propio Ayuntamiento de Mazatlán es blanco de demandas de Acciones Colectivas de Sinaloa. Una es por contaminación ambiental en el basurero municipal y otra por contaminación generada por el rastro municipal.
Entre las más recientes está la presentada en contra de la empresa regional de bebidas El Manantial, que produce el refresco llamado Tonicol, por arrojar al sistema de drenaje aguas residuales que exceden los límites de contaminantes y por no manejar adecuadamente los desechos tóxicos que genera su planta.
La otra va contra Buenavista del Cobre, Grupo México y Minera México, por los daños ambientales provocados por los derrames en los ríos de Sonora (la demanda ya fue admitida y está en trámite). No hay un estimado del monto de la sanción económica a Grupo México, pero ésta deberá ser fijada por el juez con base en opiniones de expertos ambientales y de Profepa, dice Rincón. Por el monto del fideicomiso de 2,000 mdp que creó la compañía para reparar los daños, la reparación será de por lo menos esa cantidad y probablemente mayor, añade el abogado, ya que tomará años y hay poblados que tienen que reubicarse, añade Rincón.
La indemnización que se busca obtener en estos casos, explica Álvarez, se destinaría a un fondo administrado por el Consejo de la Judicatura Federal para promover y apoyar acciones colectivas futuras.
Litigante experto
Acciones Colectivas de Sinaloa, una asociación civil de Mazatlán, es una de las que más lejos ha llegado. “Al darnos cuenta de los efectos expansivos y disuasivos de las acciones colectivas, decidimos especializarnos en esta área de práctica”, dice David Cristóbal Álvarez Bernal, socio director de Bufete Álvarez & Asociados, fundador de la asociación.
Este despacho logró la primera sentencia favorable —en primera y segunda instancia— en un juicio de acción colectiva. La resolución favorece a los usuarios del transporte urbano que brinda la Alianza de Transportadores y Camioneros de Servicios Urbanos y Suburbanos de la ciudad. El fallo obliga a quienes dan el servicio a no manejar por arriba de 40 kilómetros por hora para evitar accidentes. Pero en diciembre pasado, la Alianza interpuso un amparo en contra de la segunda instancia dictada por el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Circuito, lo que detuvo el cumplimiento de la sentencia.
Los demandados también deben de mantener limpios los autobuses y con aire acondicionado funcionando, con asientos y accesorios para discapacitados, dar mantenimiento preventivo constante a los vehículos y contar con un seguro de viajero. Los choferes no deben de usar el celular mientras manejan ni escuchar música a volumen alto, ni subir y bajar pasaje en lugares no autorizados, entre otras restricciones de seguridad. Pero los transportistas presentaron un amparo directo en contra de la resolución, que fue aceptado por el juez del caso y, por tanto, la aplicación de la sentencia está suspendida hasta en tanto se resuelve el amparo, explica Álvarez Bernal.
La justificación para las sanciones cuantiosas es inhibir la reincidencia de fabricantes y prestadores de servicios, y en algunos casos funciona.
Con sólo la sombra, las acciones colectivas han comenzado a producir reacciones.
Fuente: Forbes