La Suprema Corte de Justicia declaró constitucional el marco legal que permite a la Comisión Federal de Competencia (CFC) determinar cuáles son las empresas dominantes en determinados mercados, al negar un amparo promovido por Teléfonos de México (Telmex).
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte avaló siete artículos de la Ley Federal de Competencia Económica, seis de su Reglamento y dos del Reglamento Interior de la CFC, que regulan el procedimiento para declarar que una empresa tiene poder sustancial.
«Estas normas legales garantizan que a los afectados con una resolución de esta naturaleza les sean respetados los derechos y garantías que consagra la Constitución, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, audiencia, oportunidad plena de defensa y libertad de trabajo y comercio», afirmó la Corte.
Telmex promovió este amparo en septiembre de 2011 para impugnar un fallo de la CFC de agosto de aquel año, en el que se le declaró como empresa con poder sustancial en los mercados de servicios terminación de tráfico público conmutado de voz proporcionado a concesionarios de servicios locales y de larga distancia por redes públicas de telecomunicaciones que prestan servicios locales fijo.
En el caso de Telmex, la declaratoria de poder sustancial es crucial, pues la Ley Federal de Telecomunicaciones permite al Gobierno imponer ciertas obligaciones especiales a los concesionarios que son declarados dominantes por la CFC.
Pese al revés de hoy en la Corte, el litigio no ha terminado, pues los ministros sólo se pronunciaron sobre la constitucionalidad de las leyes en cuestión, pero no sobre la legalidad de los actos concretos de la CFC, tema que será revisado en definitiva por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
En ese tema, Telmex ganó el 4 de mayo de 2012 el amparo ante la Juez Primera de Distrito en Materia Administrativa, Silvia Cerón, cuyo fallo es el que revisará el tribunal mencionado.
La juez consideró que la CFC debe reponer prácticamente desde cero todo el procedimiento de investigación a Telmex, que duró más de dos años, ya que en los oficios con los que arrancó dicha indagatoria no aclaró cuáles serían los mercados relevantes y por tanto habría impedido a la empresa una defensa adecuada.
«El Pleno de la Comisión Federal de Competencia deberá dejar sin efectos todo lo actuado a partir de la emisión del acuerdo de inicio de procedimiento, de 21 de diciembre de 2007, y de estimarlo procedente, continuar con la secuela procesal, empero, con base en el mercado relevante que determine en dicho proveído», ordenó la juez, cuyo fallo solo tendrá efectos si es confirmado por el tribunal colegiado.
Cabe mencionar que la declaración de poder sustancial no es una sanción de la CFC ni implica que la empresa señalada ha incurrido en prácticas monopólicas.
Fuentes: Reforma