Es tala y mutilación de ejemplares motivo para retiro de licencias y PATR a anunciantes
La mutilación de árboles para dar vista a anuncios será motivo de retiro de las licencias que se les otorguen a los anunciantes, tanto en los corredores como en los nodos publicitarios, en cuyo caso se perdería el Permisos de Administración Temporal Revocable (PATR).
Así quedó establecido en los artículos 65 y 75 de la Ley de Publicidad Exterior aprobada la medianoche del miércoles en la Asamblea Legislativa, con la cual se busca regular esta actividad y poner orden a la saturación de anuncios que existe en las calles de la Ciudad de México.
«Son causas de la revocación del permiso (…) el podar, desmochar o talar árboles como consecuencia del aprovechamiento del bien», se expresa en la fracción séptima del artículo 65.
Además, al momento de solicitar licencia para la colocación de espectaculares ante la Secretaría de Desarrollo Urbano (Seduvi), los empresarios deberán entregar una declaración del Responsable de Obra, en donde se comprometa a que no se afectarán árboles.
En el artículo 59 también se obliga a la Seduvi asegurarse de que al momento de emitir la licencia los árboles del entorno no se vean afectados.
La problemática de los desmoches y podas de árboles para dar vista a los anuncios es añeja, y aunque es conocida por las autoridades hasta el momento no se ha logrado hacer nada para sancionar la práctica.
Actualmente existen 40 denuncias en la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales de la Procuraduría capitalina -que involucran a 12 empresas- y otras 32 ante la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial.
Daniel Gershenson, presidente de la Sociedad Civil Alarbo, que tiene documentados más de 200 desmoches o talas por publicidad, vio como un logro el que a final de la discusión de la ley se hayan podido incluir los temas ambientales y de protección a los árboles, sin embargo, dijo que junto con otras personas preocupadas por el tema, estará pendiente de que se cumpla.
«Hay muchas cosas que se pueden perfeccionar, pero es un buen avance, un logro, meter el tema ambiental a la ley; se logró que algunos de los publicistas reconocieran la práctica y sobre todo que se dieran cuenta que no podían seguir disponiendo del patrimonio de todos nosotros, como son los árboles.
«Sin embargo, las leyes puedes estar muy bien elaboradas pero si no se implementan acaban siendo letra muerta, por lo que ahora nos toca a la sociedad civil hacer presión y un marcaje personal para que cumpla», expresó.
Restricciones
Estos son algunos anuncios que estarán prohibidos en la Ciudad de México:
· En los bienes del dominio público del DF, excepto en los nodos publicitarios.
· En las azoteas de las edificaciones públicas y privadas.
· En inmuebles privados, excepto ubicados en corredores publicitarios.
· Pintados en los muros, bardas o fachadas de edificaciones públicas o privadas.
· En vehículos de propiedad pública o privada.
· Proyectados sobre las edificaciones públicas o privadas desde un vehículo en movimiento.
· Instalados o pintados en cerros, rocas, árboles, bordes de ríos, lomas, laderas, bosques, lagos, o en cualquier otra formación natural.
· Instalados, colgados, adheridos o pintados en puentes vehiculares y peatonales, pasos a desnivel, bajo-puentes, postes y semáforos.
· No podrá haber propaganda institucional en muros, bardas, puentes y postes.
· Integrados en lonas, mantas, telones, lienzos sujetos, adheridos o colgados en inmuebles públicos o privados, en fachadas y colindancias.
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