Hoy la comunicación se encuentra limitada en los ámbitos que determina nuestra Constitución en su artículo 6to el cual define la libertad fundamental de expresión de las ideas como: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público….”
En la legislación mexicana sobre medios de comunicación, de igual forma, existen algunas limitaciones a la libertad de expresión; por ejemplo, en el artículo 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión se establece que: “Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia; se prohíbe también todo aquello que denigre el culto cívico, creencias religiosas, dicriminatorio de razas……”