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Filiales, la cara oscura de la Responsabilidad Social Corporativa

La CE pretende aclarar el marco jurídico para los derechos humanos y ambientales de las filiales en países emergentes

La preparación ética de los nuevos líderes es vital para una RSC comprometida en el extranjero
La falta de protección, el riesgo, la inseguridad jurídica y, en ocasiones, un respeto más bien escaso por los derechos humanos siguen siendo una práctica tristemente habitual de las compañías que extienden las redes de sus filiales a los países en desarrollo.

Mientras que en el primer mundo la RSC pinta con letras doradas la imagen de las compañías, jalonando sus memorias y sus campañas de comunicación, su otra cara, mucho más oscura, enseña las fauces en los países emergentes.

En 2008 la mirada institucional de Europa se centró en este aspecto a través del programa “Proteger, Respetar, Remediar”, presentado por el Representante Especial de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, John Ruggie.

Un año después y tomando este marco como guía, la Comisión Europea ha optado por poner en marcha, licitación mediante, un estudio de interés para las empresas, los líderes políticos, las ONG y los sindicatos, encaminado a aclarar el marco jurídico existente para los derechos humanos y las cuestiones ambientales aplicables a las empresas europeas que operan fuera de la UE, con el fin de proporcionar una base para las posibles medidas que se revelen como necesarias para poner en práctica el programa de Ruggie.

Hasta ahora, el marco jurídico que ha servido de soporte a la RSC de las empresas en sus filiales de los países emergentes se ha caracterizado por la confusión y el caos.

La inexistencia de un cauce a través del cual los afectados las comunidades de los terceros países pudieran pedir una reparación a las empresas europeas resulta ser la principal barrera para conseguir juzgar de forma eficaz los agravios de las multinacionales a las comunidades emergentes.

Existen probados indicios de que el acceso de las víctimas comunidades cuyas poblaciones se han visto afectadas por vertidos tóxicos u otros agravios medioambientales, trabajadores cuyos derechos laborales no se han respetado es particularmente difícil, cuando no imposible, si la empresa está domiciliada en un estado miembro de la UE y los ultrajados son ciudadanos de un estado no miembro.

Las reglas de competencia son, a mayores, extremadamente caóticas y escasas en esta materia. Ante este panorama, ya en 2006 la Comisión Europea pidió a las empresas, mediante una comunicación, un esfuerzo y un compromiso que hasta la fecha no han dado demasiados frutos para reforzar la responsabilidad social actuando dondequiera que operen conforme a las normas internacionalmente convenidas y adoptando los mismo valores que en Europa se cuidan mucho de cumplir sin rechistar.

HUIR DEL ‘BUENISMO’

Y es que los desmanes de las multinacionales en los países emergentes, amparados por la débil infraestructura local y –en ocasiones- ayudados por gobiernos corruptos, han sido tónica habitual en los últimos años, una pauta lamentable que es necesario revocar. Los organismos internacionales han entendido esta lucha como un punto prioritario de sus programas.

Ya en las décadas de los setenta y los ochenta, las ONG iniciaron campañas en contra del trabajo infantil o de los daños ecológicos y en los años noventa, en pleno ascenso del término “globalización”, la defensa de los derechos humanos se alzó a voz en grito de mano de las minorías.

En 1999 la ONU lanzó la Global Compact y la UE editó en 2001 el “Libro Blanco ¿Fomentar un marco Europeo para la responsabilidad social de las empresas”. Empieza también en esta época a verse de forma positiva que los accionistas de las grandes compañías induzcan a los gestores hacia la inversión socialmente responsable (ISR).

Pero sin embargo, la RSC se queda muchas veces en el campo del ‘buenismo’, sin ir más allá de la filantropía, revestida de un empalagoso regusto de caridad mal entendida. Un barniz que adorna las campañas de marketing empresarial y que no resuelve el problema de fondo. La RSC de segunda generación, con sus programas bien enraizados en el ADN de la compañía, es el resto del siglo XXI, tanto para las empresas en sus sedes principales como –y mucho más, si cabe- para sus filiales en los países emergentes.

Acogiéndose a las recomendaciones de la UE, junto con las directrices para multinacionales expuestas por la OCDE, las empresas tienen la oportunidad de poner en marcha políticas de prácticas ejemplares encaminadas al desarrollo sostenible que persigan garantizar una coherencia entre los objetivos sociales, económicos y medioambientales.

La capacidad de las empresas multinacionales para promover el desarrollo sostenible mejora sustancialmente cuando se desarrolla la actividad comercial e inversora en un contexto de mercados abiertos, competitivos y adecuadamente regulados.

Es necesario también que los gobiernos de los países emergentes trabajen en estrecha colaboración con las filiales abogando por una normativa adecuada y una supervisión prudencial, una justicia y una aplicación de las leyes imparciales y una administración pública eficaz e íntegra.

LA IMPORTANCIA DEL CAPITAL HUMANO

Así pues, las políticas de RSC de las multinacionales en sus filiales extranjeras debería asentarse en dos pilares: el deber de los Estados de proteger a las victimas frente a abusos contra los derechos humanos cometidos por terceros, en particular por las empresas y la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos y contribuir al progreso económico, social y medioambiental con vistas a lograr un desarrollo sostenible.

Asimismo, las empresas deben fomentar la formación del capital humano, particularmente mediante la creación de oportunidades de empleo y el ofrecimiento de formación a los empleados y a su vez abstenerse de buscar o de aceptar exenciones no contempladas en el marco legal o reglamentario relacionadas con el medioambiente, la salud, la seguridad e higiene, el trabajo, la fiscalidad, los incentivos financieros u otras cuestiones varias.

Deberían también promover el conocimiento por los empleados de las políticas empresariales y su conformidad con ellas, mediante una difusión adecuada de las mismas y alentar cuando sea factible, a los socios empresariales, incluidos proveedores y subcontratistas, para que apliquen principios de buena conducta empresarial son también pasos útiles y necesarios.

Sin embargo, y antes de pensar en regulaciones o marcos jurídicos de ningún tipo, parece evidente que para impulsar la RSC en los países en desarrollo, el paso fundamental es aligerar la carga de prejuicios asociados al rol de la empresa en la sociedad.

La visión narcisista de muchas empresas,que aboga por el ‘buenismo’ como moneda de cambio con las sociedades emergentes, es la principal barrera, junto con la maximización del beneficio económico y el acogimiento al lema “business is business” que, si bien paliado en los estados de origen, parece recobrar toda su fuerza en las filiales de ultramar. Mientras que en las sociedades desarrolladas las empresas han de responder frente a un buen número de interesados (accionistas, clientes, empleados, consumidores…), en los países en desarrollo la red de ‘stakeholders’ se relaja sobremanera, creando un vacio a la hora de pedir responsabilidades.

Porter y Kramer, autores de “Estrategia y sociedad” describen la importancia de estas presiones: «Muchas compañías despertaron a la Responsabilidad Corporativa después de ser sorprendidas por respuestas públicas a cuestiones que no consideraban previamente que fueran parte de sus responsabilidades empresariales.

Los laboratorios han descubierto que se espera que respondan a la epidemia de SIDA en África aunque esté lejos de sus mercados y líneas de producción primarias. Actualmente se está haciendo responsables a las empresas de comida rápida por la obesidad y la mala nutrición».

La inestabilidad laboral y las malas condiciones de trabajo son uno de los mayores problemas de las sociedades emergentes. Por ello, las buenas políticas de personal son esenciales a la hora de llevar a cabo unas buenas políticas de RSC.

También es vital la lucha por el equilibrio medioambiental, un rol que las filiales de las multinacionales deberían adoptar de forma activa, situándose en la primera fila de las iniciativas de protección del medio ambiente. Es de esperar, por otra parte, una evolución de la transparencia corporativa, y un mayor compromiso con desafíos humanos y sociales tales como salud pública o inclusión social.

Existen ya muchas empresas que se encargan de dotar de contenido a sus programas de RSC en el exterior, casi todas ellas mediante programas o proyectos específicos. Así, Google y Cisco entregaron a la Secretaria General de la ONU un sistema para el monitoreo integral de las metas del milenio, IBM desarrolló un software para la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el control de la gripe aviar y Telefónica ha adoptado un programa contra el trabajo infantil en América Latina (Proniño), que ya está protegiendo a 107.602 niños.

De todos modos, la principal forma de fortalecer una RSC comprometida en el extranjero, que se aleje de la filantropía, es la preparación ética de los nuevos líderes. La Comisión Europea ha puesto en marcha ya el programa “Your world, your business”, que aboga por un aprendizaje exhaustivo de los principios de transparencia y honestidad que harán de la compañía un ente fiable y comprometido plenamente con su red de ‘stakeholders’, tanto en la sede principal, como en las filiales.

El compromiso y la convicción son, pues, la llave que abrirá la puerta a una nueva RSC para las multinacionales y sus filiales. Ya en la última reunión de Business for Social Responsibility (2008), que engloba a algunas de las mayores empresas mundiales, su Presidente, Aron Cramer, dejó claro que «la esencia de la RSC es entender cómo la intersección de los negocios y la sociedad está cambiando». Recordó que «un futuro sostenible se dará cuando las consideraciones sociales y ambientales estén en el centro en la toma de decisiones empresarial y estos temas estén en la agenda de todos los Consejos Directivos».

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