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Hacer Home Office en México; lo aprueba el Senado

Por mucho tiempo se ha buscado que el Home Office o también llamado «teletrabajo», sea una opción para los colaboradores para equilibrar su vida personal y laboral y de esta forma convertirse más productivos.

Sin embargo, optar por esta medida ha sido muy complicado, no solo por la mentalidad común de los directivos de una empresa; cumplir con un horario de 8 horas o estar físicamente todos los días en la oficina, sino también porque habría ciertos cambios al implementar esta modalidad.

Hacer Home Office en México; lo aprueba el Senado

Con 115 votos a favor, el Senado avaló reformas para regular y promover el «teletrabajo», que es definido en el dictamen como:

La forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo y utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador”.

Muchos de los senadores se pronunciaron positivamente ante esta modalidad que ellos dicen que aporta enfoques eficaces que facilitan la toma de decisiones, incentivando la participación de todas las áreas institucionales en el desarrollo y operación de este sistema, y contribuyendo al desarrollo de capacidades, habilidades y competencias personales.

Hacer Home Office en México también ayudaría a reducir la contaminación diaria y además, según los senadores, si se siguieran los lineamientos y se respetaran los topes máximos de contaminantes en la Ciudad de México establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se podrían evitar hasta 12 mil muertes prematuras anualmente.

«Esta medida sería muy bien vista por la totalidad de la población de empleados y empleadas. Esta medida guarda un beneficio para todas las partes involucradas», apuntó.

Hacer Home Office en México fue una propuesta de Alejandra Reynoso Sánchez, del grupo parlamentario del PAN, quien destacó que con estas reformas se busca mejorar la productividad, el rendimiento y la calidad de vida de las y los trabajadores.

El dictamen por el que se reforma el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que el «trabajo a domicilio es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona» el empleo.

Beneficios de hacer Home Office

  • El trabajo a distancia genera oportunidades para equilibrar las responsabilidades laborales, estudiantiles y familiares facilitando así el autoempleo y la inclusión de jóvenes, mujeres personas con discapacidad y adultos mayores en el mercado de trabajo.
  • Garantiza condiciones de trabajo decente e igual en cuanto remuneración, capacitación y seguridad social.
  • Determinar los accidentes y enfermedades asociados al teletrabajo, a fin de otorgar garantías de seguridad a las y los trabajadores.
  • Establece una red nacional de fomento y asesoría entre organizaciones sociales, privadas y públicas.
  • Las autoridades laborales vigilarán el cumplimiento de la ley en materia de teletrabajo

Fuerza laboral

De acuerdo con la firma tecnológica Citrix, con datos publicados en El Heraldo de México, para 2020 el 80 por ciento de las actividades laborales se realizarán de forma remota; para ese año  se espera que los millennials conformen 35 por ciento de la fuerza laboral en el mundo y para 2024 el doble.

México es el tercer país en América Latina con el mayor número de personas que trabajan desde el hogar, sólo por debajo de Argentina y Brasil.

De acuerdo con la consultoría Deloitte, con una población “millennial” de 39 millones, en México el 75 por ciento preferiría trabajar desde casa donde consideran que serían más productivos.

La Legislación

Los senadores agregaron a la misma legislación el capitulo XIl Bis, que consta de cuatro apartados:

  • El 330-A, que describe al «teletrabajador» como la persona que utiliza las tecnologías como medio para realizar su actividad sin presentarse físicamente al lugar de trabajo.
  • El 330-B, que establece que el empleador deberá ofrecer al teletrabajador, mediante un convenio, los medios tecnológicos (como aparatos) y condiciones de servicio y ambiente requeridos; mientras que el empleado tendrá la responsabilidades de custodiar los equipos o programas de manejo de información que le sean proporcionados.
  • El 330-C, que obliga al empleador a promover el equilibrio e igualdad en cuanto a remuneración, capacitación, seguridad social y demás condiciones.
  • El 330-D, que el empleador tendrá obligaciones y responsabilidades sobre la salud, seguridad y previsión de riesgos para el teletrabajador y deberán estar contenidas en una ley (que aún no se tiene) que deberá garantizar el respeto a la intimidad y privacidad del empleado.
  • El 330-E, que instruye a las autoridades laborales a establecer una red nacional que incluya organizaciones sociales, privadas y públicas para dar asesoría, promoción y fomento al teletrabajo para jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores.

Todavía no es un hecho…

El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y aprobación. En caso de aprobarse, se remitirá al ejecutivo federal para efectos constitucionales. De entrar en vigor, el día posterior a la aprobación entrará en vigor, por lo que en los 12 meses posteriores tendrán que establecerse los lineamientos para determinar los accidentes o enfermedades relacionados con el ejercicio del teletrabajo. 

Beneficios y consecuencias

Para los empresarios, sin duda será una modificación que les beneficará puesto que podrán reducir un 30% de sus costos de operación.

La OIT ha identificado diversas desventajas como la tendencia a laborar más horas y una superposición entre el trabajo remunerado y la vida personal, lo cual puede generar niveles de estrés más altos.

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