El impacto de la economía colaborativa ha sido mayúsculo, puesto que con ésta se han podido crear plataformas que faciliten a los usuarios compartir o intercambiar bienes y servicios. El impacto de la economía colaborativa según el Foro Económico Mundial, es la posibilidad de globalizar relaciones humanas que anteriormente sólo se desarrollaban entre pequeñas comunidades de personas a nivel local, estatal o, incluso, global.
Algunos ejemplos de economía colaborativa son Uber o BlaBlaCar, plataformas que permiten que se conecten los pasajeros con coches, para ser trasladados o para compartir el coche y los gastos en desplazamientos.
Otro ejemplo es Couchsurfing, que conecta viajeros con locales dispuestos a ofrecer alojamiento gratuito.
Bajo este mismo concepto, de economía colaborativa se encuentra Deliveroo, Glovo o Amazon Mechanical Turk que han desarrollado verdaderos modelos de negocio basados en la elusión de la normativa laboral y de Seguridad Social.
De acuerdo con el Foro Económico Mundial, el modelo de negocio de las plataformas digitales de la denominada gig-economy se basa en cuatro factores:
- División de Trabajo
- Empleo de Crowdsourcing
- Contratación on demand
- Consideración de los profesionales como trabajadores autónomos
División de Trabajo
Dividir el trabajo en micro tareas, lo que quiere decir en tareas individuales de corta duración.
Empleo del crowdsourcing
Se trata de una nueva modalidad que implica contratar a varios profesionales para garantizar poder cubrir la demanda en todo momento.
La contratación on-demand o a demanda
De esta manera se puede identificar el momento exacto en el que se produce una demanda y así de pueda emparejar con la de un prestador de servicios. Los profesionales, por tanto, son contratados en el tiempo exacto en que se produce la demanda del servicio y por el tiempo concreto que dura el mismo.
La consideración de los profesionales como trabajadores autónomos
Es importante que cada trabajador tenga sus propios medios, asuman los costes de la actividad y tienen libertad para determinar, no solo su horario, sino su interés en trabajar.
Cabe resaltar que las plataformas como Uber, Deliveroo, Glovo o Amazon Mechanical Turk dicen que son empresas tecnológicas, sin embargo únicamente ofrecen App para el libre contacto entre usuarios y profesionales.
Sin embargo, según como ha declarado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, estas plataformas no deben considerarse meras empresas tecnológicas, sino empresas que ofrecen un servicio.
Cada una de estas firmas, actúan como verdaderas empleadoras al ofrecer fijación de precios, cobro directo a los clientes, la organización de turnos de trabajo, la posibilidad de desconectar a los profesionales de la plataforma o la estipulación de las condiciones del servicio.
«Como la mayoría de los profesionales no cuentan con una organización productiva propia y autónoma, al estar su prestación de servicios está intrínsecamente relacionada con la plataforma, al ser esta la propietaria de la infraestructura esencial, como es la App, al prestar servicios bajo marca ajena o al prohibirse el contacto con clientes fuera de la plataforma»
Por ello, la naturaleza de falsos autónomos de los profesionales en plataformas digitales, como así están poniendo de relieve la Inspección de Trabajo y algunos Juzgados de lo Social, es indiscutible.
Este modelo de las plataformas digitales está contribuyendo a la precarización del trabajo, a la vez que reaparece el debate sobre la obsolescencia de la norma laboral.
Sin embargo, se trata de un falso debate, porque el concepto de trabajador encaja perfectamente en el ámbito de las plataformas digitales; simplemente, algunas de estas plataformas han optado por eludir la norma laboral.
Es importante que se advierta sobre cada efecto negativo y lo que puede provocar.