Las empresas de las industrias extractivas, petrolera y forestales europeas deberán de informar sobre los pagos que realizan a los gobiernos de forma desagregada, país por país, de acuerdo con los nuevos requerimientos de la Directiva de Contabilidad aprobada este miércoles por la Comisión Europea.
Esta directiva obliga a las compañías, cotizadas o no, para que la información que facilitan de pagos a administraciones no sólo se haga de forma desagregada desde un punto de vista geográfico, sino también por proyecto que estén desarrollando.
Entre los aspectos que tienen que hacer públicos figuran los derechos de producción, los impuestos, las regalías, los dividendos, los derechos de licencia, costos de alquiler, y los pagos por mejoras de infraestructuras, según consta en la información publicada por la Comisión Europea.
Con esta medida se quiere garantizar la transparencia en lo que respecta a pagos realizados a gobiernos de todo el mundo, y proporcionar a la sociedad civil en los países ricos en recursos con la información necesaria para que los gobiernos rindan cuenta por cualquier ingreso realizado a través de la explotación de los mismos. También se busca promover la adopción de la Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) en estos mismos países.
La información publicada sobre los pagos a los gobiernos estará disponible públicamente para todos los interesados, ya sea mediante el repositorio de información de los mercados de valores o en el registro de empresas en el país de constitución (en la misma forma que los estados financieros estén disponibles).
Estos requisitos son muy similares a los establecidos por la Ley Dodd-Frank de Estados Unidos, pero van más allá en dos aspectos según informa Bruselas. En primer lugar, la industria de la explotación forestal de la UE se encuentra dentro del alcance de la obligación de información propuesto, además de las industrias de petróleo, gas y minería (en los EE.UU. sólo a los sectores de petróleo, gas y minería están cubiertos). En segundo lugar, las normas europeas también se aplicarán a las grandes empresas no cotizadas, así como de las sociedades cotizadas, mientras que las normas de Estados Unidos se limitan a las empresas extractivas que cotizan allí.
Fuente: ServiMedia