Generalmente, las personas que tienen largas jornadas de trabajo o simplemente consideran necesario el apoyo, solicitan servicios de otras para realizar las labores domésticas. Sin embargo, durante muchos años, los empleadores no han otorgado derechos para las trabajadoras del hogar, esto a pesar de que es un trabajo como cualquier otro.
De hecho, este tipo de relación laboral se lleva a cabo dentro de la informalidad. Es decir, se carece de servicios médicos, vacaciones, días de descanso, entre otros. En este contexto, el Senado mexicano se ha pronunciado.
Derechos para las trabajadoras del hogar
De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), en México existen 2.3 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar. El 92% de esta cifra son mujeres. En general, el trabajo doméstico tiene una carga negativa al considerarse que son actividades «normales» o «naturales» para las mujeres. En ese sentido, el componente de género es claro ya que a partir de los estereotipos de género se supone que son actividades «de las mujeres».
Por otro lado, el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado contribuye con el 27. 6% del PIB (Producto Interno Bruto). En ese sentido, la importancia de las y los trabajadores del hogar es clara y por ello es necesario realizar legislaciones para otorgarles derechos.
Las condiciones que las trabajadoras del hogar enfrentan en el empleo son difíciles. Nuestras leyes permiten que trabajen jornadas hasta de 12 horas sin derechos laborales ni seguridad social, sin contrato, sin garantías de pensión y sin posibilidad de ahorro, entre otras privaciones.
Esta situación interactúa, además, con la diversidad de arreglos laborales (“de planta”, por días, por horas, eventuales). Ante la ausencia de normas que garanticen sus derechos, las trabajadoras del hogar se encuentran en una grave situación de vulnerabilidad.
CONAPRED.
Incluso, desde la legislación y sociedad mexicana se violentaban los derechos para las trabajadoras del hogar:
- IMSS: En su artículo 12 establece que la afiliación de las trabajadoras del hogar al IMSS es voluntaria y no obligatoria.
- Ley Federal del Trabajo: (artículo 333) especifica nueve horas de descanso diario y tres horas de descanso entre actividades matutinas y vespertinas. Esto permite que una trabajadora del hogar pueda llegar a laborar hasta 12 horas diarias cuando su empleador o empleadora así lo desee.
- Sociedad: 7% admitió no estar de acuerdo con que las trabajadoras del hogar tuvieran vacaciones pagadas.
Además, la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017 reveló que solo 12% de las trabajadoras del hogar cuentan con alguna prestación laboral (aguinaldo, vacaciones o seguro médico), y apenas 2% tiene contrato.
En este contexto y luego de que México adoptará el Convenio 190 respecto a la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo. Ahora, el Senado de la República aprobó la reforma a la Ley del Seguro Social a favor de las y los trabajadores del hogar, lo que les garantiza el acceso al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y los servicios que dispone: atención médica, farmacéutica y hospitalaria.
El trabajo de la Comisión que tengo el honor de presidir tiene la responsabilidad de identificar y atacar la raíz de la desigualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral.
Napoleón Gómez Urrutia , presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado.
Gómez Urrutia señaló que la aprobación de este dictamen representa un avance en la deuda histórica que se tiene con las mujeres menos favorecidas. De igual forma, hizo hincapié en la necesidad de visibilizar y valor el trabajo doméstico, así como brindar derechos para las trabajadoras del hogar. La senadora Martha Lucía Michel Camarena resaltó que esta reforma garantiza:
- Atención médica, farmacéutica y hospitalaria.
- Incapacidad por enfermedad o accidentes de trabajo.
- Acceso a estancias infantiles, instalaciones deportivas y culturales.
- Acceso a una pensión
Por su parte, la senadora Xóchitl Gálvez hizo un recuento del trabajo legislativo y los temas pendientes. Entre ellos destaca que anteriormente se podría afiliar a un o una trabajadora del hogar a través de una empresa, luego se realizaron las modificaciones correspondientes para reconocer la relación obrero patronal. Ahora, con esta reforma, cualquier persona podrá afiliar y facultar los derechos para los y las trabajadoras del hogar.
Va a ser mucho más fácil para nosotros, los patrones, poderlos dar de alta porque basta que les des un salario de 5 mil 255 pesos, que es un salario razonable, y con eso ya van a tener derecho a la seguridad social y no tienen que andar juntando horas de aquí, horas de allá, porque el problema que tenían las trabajadoras es que muchos meses no podían juntar sus horas.
Xóchitl Gálvez, senadora.
Además, Gálvez comprometió a los 128 senadoras y senadores a que tengan asegurados a sus trabajadores conforme a este nuevo dictamen, en la invitación también incluyó a la Cámara de Diputados. De acuerdo con Gálvez el tema pendiente es otorgar el derecho a la vivienda que no se incluye en este dictamen.
¿Letra muerta?
Si bien este dictamen parece prometedor para reconocer los derechos para los y las trabajadoras del hogar, resulta pertinente cuestionar su aplicación desde diversos rubros. En primer lugar el tipo de relación laboral que se tiene cimentado en la informalidad, en donde se carecen de contratos.
En segundo lugar se encuentran los salarios en general, ya que muy probablemente no se pueden mantener salarios de más de 5 mil pesos, que aunque como señala Gálvez es un salario razonable, no todas las personas lo pueden pagar.
Es decir, si bien la legislación es la base fundamental, se requiere de un cambio social, de una verdadera y comprometida responsabilidad social. En un país en donde la informalidad laboral abunda, parece poco probable que se respeten los derechos para las trabajadoras del hogar. Sin embargo, es fundamental que se trabaje en el trato justo para todas las personas y que exista un cambio social real en donde el trabajo doméstico se valore en su justa dimensión.