El Pleno del Senado aceptó la reforma al Código Penal Federal que precisa 11 tipos de delitos vinculados con la corrupción, seis de los cuales se agravarán en un tercio si son cometidos por servidores públicos electos popularmente o cuyo nombramiento esté sujeto a ratificación de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión.
Los delitos que ameritan prisión y multa por parte de funcionarios públicos y particulares serán: enriquecimiento ilícito, concusión, ejercicio abusivo de funciones, ejercicio ilícito del servicios público, peculado, cohecho, abuso de autoridad, uso ilícito de atribuciones y facultades, coalición de servidores públicos, intimidación y tráfico de influencia.
El ejercicio indebido del servicio público, el ejercicio indebido de atribuciones y facultades, tráfico de influencia, cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito se agravarán en un tercio para los funcionarios electos popularmente, como los gobernadores, legisladores y alcaldes; también para los funcionarios que sean sujetos a ratificación en el Senado o la Cámara de Diputados, como es el caso del titular de la PGR, el ombudsman nacional, los comisionados del Inai o las autoridades electorales.
Además, incurrirá en abuso de autoridad y podrá ser encarcelado de dos a nueve años de prisión y pagar una multa de 70 hasta 150 días, quien obligue al inculpado a declarar, usando la incomunicación, la intimidación, la tortura o los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La reforma, aprobada en lo general —con 104 votos en favor y siete en contra- y en lo particular, castiga los llamados moches hasta con 14 años de prisión. Cometerá el delito de cohecho el legislador federal que, en el ejercicio de sus funciones o atribuciones y en el marco del proceso de aprobación del Presupuesto de Egresos respectivo, gestione o solicite el otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios en favor de determinadas personas físicas o morales.
Cuando el valor de la dádiva, bienes o promesa del moche exceda el equivalente a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, actualmente 36,520 pesos, se impondrán de tres meses a dos años de prisión. Pero si el monto es superior, la pena llegará a los 14 años.
También se castigará hasta con 14 años de cárcel al funcionario que incurra en enriquecimiento ilícito o al que utilice fondos públicos o sus atribuciones para promover la imagen política o social de su persona, de su superior jerárquico o la de un tercero.
Los senadores también aprobaron la reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en lo general —con 100 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones- y en lo particular, con lo que se precisan las facultades de la fiscalía especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción.
La fiscalía anticorrupción será un órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir actos de corrupción, se auxiliará de la unidad administrativa de servicios periciales y contará con agentes especializados y podrá ordenar el aseguramiento o solicitar el decomiso de bienes de los imputados o sentenciados por corrupción, además de llevar a cabo todas las dirigencias judiciales para la extinción de dominio de los casos de enriquecimiento ilícito.
Las fiscalías especializadas, tanto la federal como a nivel local, se equipararán jerárquica y administrativamente a una subprocuraduría.
Con esto, el Senado expidió los cinco paquetes en materia anticorrupción, tanto penales como administrativos, que le tocaron como Cámara revisora. Estas minutas se enviaron ya a la Cámara de Diputados.
Fuente: El economista