Por: Consuelo Castro Salinas
Las muestras de solidaridad y fortaleza de los mexicanos han sido contundentes como respuesta a las graves afectaciones ocasionadas por los recientes sismos o huracanes, principalmente en entidades federativas como Baja California, la Ciudad de México, Chiapas, Morelos, Oaxaca y Puebla.
El proceso de reconstrucción tomará un tiempo considerable y una enorme cantidad de recursos financieros, materiales y humanos. Para enfrentar esta titánica tarea el Gobierno Federal reconoce las limitaciones, aún y con los reajustes al presupuesto que los legisladores llegasen a realizar para 2018
Ante esta situación extraordinaria, resulta trascendental tomar en cuenta el aporte de las organizaciones de la sociedad civil ya que multiplican los donativos que reciben, en tanto suman tiempo, talento de colaboradores y voluntarios, infraestructura ya instalada, así como por su capacidad organizativa con el fin de apoyar las tareas requeridas para salir adelante.
Estas organizaciones son objeto de diferentes incentivos como la autorización para dar recibos deducibles a las denominadas ‘donatarias autorizadas’. No obstante, es posible profundizar todavía más en ellos. Hace10 años que en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se dispuso la limitación a la deducibilidad de los donativos tanto en efectivo como en especie (que no hubieran perdido su valor) a este tipo de organizaciones. Es decir que, para que sean deducibles, los donativos no pueden superar el 7% de los remanentes o utilidades de personas físicas o empresas del ejercicio inmediato anterior.
En la medida en que los ciudadanos retoman sus actividades cotidianas, las organizaciones de la sociedad civil permanecen contribuyendo de acuerdo a su misión, a la reconstrucción de las comunidades.
Sin duda alguna el sector empresarial y otros sectores, estarían dispuestos a continuar contribuyendo con mayores recursos a través de estas organizaciones al contar con los estímulos adecuados. En ese sentido, cabe la propuesta de revisar aquellas disposiciones en él régimen fiscal que pudieran significar cortapisas para las donaciones a organizaciones de la sociedad civil e impulsar la labor que realizan atendiendo a su misión, en beneficio de la reconstrucción en el ámbito que se requiera.