Una corte europea ordenó a Google a modificar el resultado de algunas búsquedas de datos a petición de personas normales cuando aparecen enlaces a información caduca o irrelevante.
En una prueba importante para “del derecho a ser olvidado”, una corte europea ordenó a Google a modificar el resultado de algunas búsquedas de datos a petición de personas normales cuando aparecen enlaces a información caduca o irrelevante.
En una opinión sobre un caso originado en España, la Corte de Justicia de la Unión Europea dijo que Google y otros motores de búsqueda tienen control sobre la información privada de los individuos dado que en ocasiones recopilan y presentan los enlaces en forma sistemática.
Para la corte, de acuerdo con la ley europea los individuos tienen derecho a controlar su información privada, especialmente si no son personajes públicos. Si quieren que información irrelevante o caduca sobre ellos sea “olvidada” por los motores de búsqueda tienen el derecho de pedirlo, aunque la información esté publicada legalmente.
Las personas “pueden hacer esa petición directamente al operador del motor de búsqueda quien debe examinar debidamente los méritos de la solicitud”, dijo el veredicto de la corte.
Que la solicitud sea atendida depende “de la naturaleza de la información en cuestión y la sensibilidad de ésta para la vida privada del sujeto y al interés del público en tener esa información, un interés que puede variar”, se dijo.
Google debe retirar los vínculos a sitios que contengan información de resultados “a menos que haya razones particulares como el papel que los datos del sujeto tienen en la vida pública, justificando un interés preponderante del público en conseguir acceso a la información cuando esa búsqueda se lleve a cabo”, señaló la corte.
Google no pudo ser contactado inmediatamente para emitir un comentario.
La empresa sostiene que no controla los datos personales sino que sólo ofrece vínculos a la información existente que están disponible libremente en internet. También ha sostenido que no se le debe de obligar a hacer el papel de censor, especialmente cuando ofrece vínculos a información legalmente publicada.
El caso llegó a la Corte Europea a través de la corte de apelaciones de España, que recibió 200 quejas por ese motivo.
Fuente: Animal Político