El propósito es evitar que concesionarios con poder sustancial impidan que otros permisionarios de redes públicas de telecomunicaciones participen o puedan participar de manera equitativa
A partir del 24 de abril están vigentes las obligaciones específicas en materia de tarifas, calidad e información para los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que tengan poder sustancial en el mercado de enlaces dedicados.
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) informa que en estas obligaciones se incluye a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones en los mercados mayoristas de servicio de arrendamiento de enlaces dedicados locales y de larga distancia nacional e internacional, así como de interconexión.
Detalla que estas responsabilidades aprobadas por el pleno del organismo con tendrán una vigencia de oferta hasta el 31 de diciembre de este año.
El propósito, explica, es evitar que los concesionarios con poder sustancial impidan que otros permisionarios de redes públicas de telecomunicaciones participen o puedan participar en ellos de manera equitativa para propiciar una sana competencia y desarrollo eficiente entre ellos, en beneficio del público en general.
De acuerdo con el documento, en materia de calidad, los concesionarios con poder sustancial deberán otorgar el servicio de enlaces a otras empresas con una calidad que en ningún caso podrá ser inferior a la que se proporciona a sí mismo o a sus empresas subsidiarias o filiales, y deberán atender las solicitudes de servicio en los plazos y condiciones previstos.
Señala que los concesionarios con poder sustancial deberán presentar ante la Cofetel, a más tardar el 15 de julio de cada año, una propuesta de oferta de referencia de enlaces dedicados con diversas condiciones como características del servicio, tarifas, niveles de calidad, penas convencionales, procedimientos para entrega de enlaces, reparación de fallas, entre otros.
La Comisión precisa que la vigencia de la oferta será de un año calendario, que comprenderá del 1 de enero al 31 de diciembre del año inmediato siguiente posterior a la autorización.
Aclara que la Cofetel requerirá a los concesionarios modificar los términos y condiciones cuando no se ajusten a lo establecido en estas obligaciones, a más tardar el 15 de agosto de cada año.
En tanto, los permisionarios deberán presentar nuevamente a la Comisión la propuesta de oferta de referencia de enlaces dedicados con las modificaciones solicitadas por la Comisión, a más tardar el 15 de octubre de cada año, para ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y otros medios antes del 15 de noviembre del año que corresponda.
El acuerdo establece además velocidades de transmisión, la penalización por el incumplimiento a estas obligaciones, método para las tarifas, así como las características del Sistema Electrónico de Gestión de Enlaces, que deberá la continuidad de los servicios requeridos.
Prevé además anexos sobre reporte de fallas y gestión de incidencias, metodología de separación contable.
Fuente: jornada.unam.mx
Publicada: 23 de abril de 2012