Por Roberto Iván Flores Rangel
1. ¿Qué es la cogeneración de energía eléctrica?
La cogeneración se define como la producción de energía eléctrica producida conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria, o ambos; cuando la energía térmica no aprovechada en los procesos se utilice para la producción directa o indirecta de energía eléctrica o cuando se utilicen combustibles producidos en sus procesos para la generación directa o indirecta de energía eléctrica.
2. ¿Cuál es la situación de la cogeneración de energía eléctrica en México?
De acuerdo con los permisos otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (en lo sucesivo “CRE”) al 1 de octubre de 2012, existía una capacidad total autorizada bajo la modalidad de cogeneración de 3,573.95 MW concentrados principalmente en la industria del petróleo y la petroquímica, sin embargo, se ha analizado la posibilidad de incrementar la capacidad instalada, estimándose que México cuenta con un potencial adicional de cogeneración superior a los 10,000 MW concentrados principalmente en 6 categorías industriales: petroquímica, alimentos, papel y celulosa, PEMEX (refinación y procesamiento de gas), azucarera y textil.
3. ¿Cuáles son las formas de cogeneración?
En términos de lo establecido en la Fracción II del Artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y del Artículo 103 de su Reglamento, existen tres formas distintas de Cogeneración de energía eléctrica:
I. La producción de energía eléctrica conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria, o ambas (conocidos como sistemas superiores).
II. La producción directa o indirecta de energía eléctrica, a partir de energía térmica no provechada en los procesos de que se trate (conocidos como sistemas inferiores).
III. La producción directa o indirecta de energía eléctrica, utilizando combustibles producidos en los procesos de que se trate.
4. ¿Qué beneficios tendría el implementar la cogeneración?
La cogeneración resulta en un ahorro de entre 20 y 45 por ciento de energía primaria, únicamente por su eficiencia de conversión. Además, ya que la energía eléctrica se genera en el punto de consumo, se reducen las pérdidas en transmisión y distribución de energía eléctrica como resultado de la fricción y el calor. Mayor disponibilidad y confiabilidad en el suministro eléctrico al contar con generación propia y respaldo de la red del SEN, evitando cortes de suministro que afecten la producción y originen costos adicionales. También se deriva en incremento de la competitividad económica por reducción de costos de producción y ahorro en pérdidas del proceso productivo por confiabilidad del suministro eléctrico.
5. ¿Ante que dependencia debe solicitarse la cogeneración?
Si el proyecto de cogeneración es de una capacidad mayor a 500 Kw (kilowatts), requiere de la obtención de un permiso de cogeneración ante la CRE y posteriormente es necesaria la solicitud de un contrato de interconexión ante la zona de distribución de la Comisión Federal de Electricidad.
Roberto Iván Flores Rangel
Es estudiante de la Escuela Libre de Derecho. Actualmente labora en el despacho Pontones & Ledesma, S.C., firma dedicada única y exclusivamente a la práctica del Derecho Ambiental.