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¿Qué es la Licencia Ambiental Única Federal?

Contaminación

Por Roberto Iván Flores Rangel

1. ¿Qué es la Licencia Ambiental Única Federal?

Es la Autorización en materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica que otorga la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal.

2. ¿Qué es una fuente fija de jurisdicción federal?

La fuente fija de jurisdicción federal es toda instalación que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera establecidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

3. ¿Quién debe obtener la Licencia Ambiental Única Federal ante la SEMARNAT?

Cualquier persona física o moral que opere o desee operar una fuente fija de jurisdicción federal.

4. ¿Si se tiene Licencia de Funcionamiento se debe tramitar la Licencia Ambiental Única Federal?

Para los establecimientos de jurisdicción federal que cuenten con Licencia de Funcionamiento emitida por la Federación (Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Nacional de Ecología) antes del año 2000, es opcional el trámite de la Licencia Ambiental Única, para los establecimientos que se instalen posteriormente al año 2000 será necesario que cuenten con la Licencia Ambiental Única Federal.

5. ¿Qué debo hacer si cuento con Licencia de Funcionamiento pero no me encuentro obligado a obtener una Licencia Ambiental Única?

Para aquellos establecimientos que cuentan con fuentes fijas que no son de jurisdicción federal, pero cuentan con Licencia de Funcionamiento Federal, deberán solicitar ante la Delegación Federal de SEMARNAT correspondiente, o en su caso en la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, la cancelación de dicha licencia, y realizar las gestiones necesarias a fin de obtener las autorizaciones estatales o municipales aplicables.

6. ¿Cuáles son los criterios para obtener una resolución favorable al presentar la Licencia Ambiental Única Federal?

a) El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la actividad del establecimiento en materia de límites máximos permisibles de emisiones a la atmósfera.

b) Instalar plataformas y puertos de muestreo.

c) Medir sus emisiones contaminantes a la atmósfera.

d) Establecer medidas de prevención y control de la contaminación de la atmósfera.

e) Que sus emisiones a la atmósfera no saturen de contaminantes a las cuencas atmosféricas.

f) Cumplir con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de emisiones a la atmosfera.

g) Cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.

7. ¿La Licencia Ambiental Única Federal tiene alguna vigencia?

No, esta se emite por única vez y en forma definitiva una vez resuelto el trámite. Si se llega a cambiar el giro industrial o la localización del establecimiento, la Licencia otorgada quedará sin efectos y deberá solicitarse nuevamente. No obstante lo anterior, será obligación de quien cuente con la Licencia Ambiental Única Federal, la presentación de la Cédula de Operación Anual ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.




Roberto Iván Flores Rangel

Es estudiante de la Escuela Libre de Derecho. Actualmente labora en el despacho Pontones & Ledesma, S.C., firma dedicada única y exclusivamente a la práctica del Derecho Ambiental.

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