Las personas físicas y morales que hayan recibido y dado efecto fiscal a comprobantes apócrifos tendrán 30 días para regular su situación.
El Servicio de Administración Tributaria publicará a partir de este 8 de diciembre la lista de las empresas que han emitido facturas apócrifas, simulado operaciones y/o que se encuentran como no localizadas.
Las personas físicas o morales que hayan recibido y dado efecto fiscal a los comprobantes emitidos por cualquiera de los contribuyentes que aparezcan en las listas, tendrán 30 días a partir de la publicación de las mismas, para acreditar ante el SAT que sí adquirieron los bienes o recibieron los servicios plasmados en los comprobantes. En el mismo plazo se corregirán la situación fiscal, a través de declaraciones complementarias.
De acuerdo con el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el SAT publicará en su página de internet y el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nombre, denominación o razón social y clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quienes hayan expedido comprobantes fiscales amparando operaciones inexistentes.
Fuente: Alto Nivel.