El Senado de la República aprobó la nueva ley general para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.
Pero los senadores en comisiones hicieron varias modificaciones a la minuta, por lo que el proyecto regresa a Cámara de Diputados. Con este ordenamiento los delitos relativos a la trata de personas se considerarán como graves, por lo que prevé sanciones de hasta 40 años de cárcel.
El proyecto de ley plantea prisión de 15 a 25 y de mil a 20 mil días multa, para quien promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio, así como a una o más personas que viajen al interior o exterior del territorio nacional con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados.
La presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Judith Díaz (PAN), quien hoy pidió licencia al cargo, comentó se cumple con algunos compromisos internacionales que lo obligan a adoptar medidas legislativas para tipificar el delito, su tentativa y complicidad, así como para sancionar la organización o dirección de quienes intervienen en su consumación.
Los delitos relativos a la trata de personas, dijo, son los que “más dañan a nuestra sociedad”, por lo que es necesario un marco legal para la defensa “enérgica y eficaz de la dignidad y de los derechos fundamentales de las personas frente a una conducta criminal”.
El documento establece mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.
También faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas y junto con los poderes judiciales de los tres niveles de gobierno brinden a los ofendidos asistencia, seguridad y acceso a la justica.
Entre los cambios que están en el proyecto son algunas definiciones, por ejemplo, “toda acción u omisión de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación sexual se le impondrá de cinco a 15 de años prisión y de mil a 20 mil días multa”.
Y establecieron una pena de 15 a 30 años de prisión y de mil a 30 mil días multa, al que se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual y el turismo sexual.
Esta sanción también se aplicará a quien obligue a realizar cualquier otra actividad sexual remunerada mediante el engaño, la violencia física o moral, el abuso de poder, el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, daño grave o amenaza de denuncia ante autoridades migratorias.
Fuente: notisistema.com
Publicada: 24 de abril de 2012