La multa de 47.5 millones de pesos que la Comisión Federal de Competencia (CFC) impuso a Televisa por negar el acceso a sus contenidos, es insuficiente y no inhibe las prácticas anticompetitivas, advirtieron expertos.
Esta cifra corresponde sólo a 2 por ciento de las utilidades que la televisora obtuvo durante el tercer trimestre del año o a 5.6 por ciento de las ventas de su filial, Cablevisión, en el mismo periodo.
Alberto Manzur, abogado en temas de competencia, consideró que la sanción es baja y por ello es rentable para la empresa romper la ley en la materia. «Es una multa chiquitita para Televisa, a los agentes monopólicos les es rentable romper la ley porque las multas son pequeñas en función de lo que ganan. La empresa (afectada) interpuso la queja en 2007 y apenas esta la resolución en 2009, esto da una idea de cuándo dura el proceso», comentó Manzur.
Añadió que el caso aun no esta firme, ya que Televisa puede interponer varios recursos en contra de la resolución, así que podría pasar un año antes de que sea definitiva la decisión. La CFC impuso la sanción a Televisa porque se negó a Tele Cable Centro Occidente (filial de Megacable) el uso y distribución de señales de televisión.
La sanción se calculó con base en el daño que que provocó a esta empresa la pérdida de suscriptores o falta de nuevos clientes, pero la cifra no es disuasiva.
«La multa la considero baja porque obedece al daño que esta empresa sufrió por no tener acceso a los programas, pero sobre todo las multas deben ser disuasiva, de tal magnitud que inhiba la práctica en el futuro», señaló Ramiro Tovar, académico del ITAM.
En este sentido consideró que hay criterios en la Ley de competencia que necesitan ser reformados, porque actualmente las multas se calculan en función de los salarios mínimos y, a nivel internacional, éstas se determinan tomando en cuenta las ventas de las compañías.
Tovar señaló que hay un antecedente de sanción por la distribución de contenidos y es el que se refiere a la multa de 5 millones de pesos impuesta a PCTV, una productora de contenidos para televisión por cable, que prohibía la venta de programación a pequeños concesionarios.
Otro caso que aún esta pendiente es el de MVS que tampoco ha podido acceder a los contenidos de Televisa para incluirlos en la programación de Dish, que es su oferta de televisión satelital. Según fuentes de la empresa, MVS no ha presentado denuncia ante la CFC, pero analistas prevén que podría hacerlo.
Con todo
La CFC y grupos de consumidores promueven cambios en la Ley para hacer más severas las penas en contra de prácticas anticompetitivas.
· Piden reformar el articulo 253 del Código Penal para establecer la pena de prisión a aquellos que incurran en prácticas monopólicas.
· Reformar la Ley de Competencia para que las multas ya no se determinen con base en salarios mínimos y se adopte la práctica internacional, en la cual las sanciones se aplican tomando como referencia el porcentaje de ventas.
· Sugieren fortalecer a la CFC para que pueda suspender la actividad de las empresas.
Acciones insuficientes
Las sanciones que la CFC puede imponer a los agentes económicos que incurran en malas prácticas, son limitadas.
82.2 millones de pesos, es la multa máxima que puede imponer la CFC.
1.5 millones de salarios mínimos, representa esa cantidad.
10% de las ventas anuales, es la sanción promedio a nivel internacional.
10 años de cárcel se imponen en otros países en caso de prácticas monopólicas.